Registro de votantes
Para convertirse en votante de Florida, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano de los Estados Unidos.
- Ser residente legal de Florida, en el condado donde se está registrando.
- Tener al menos 16 años al momento de registrarse. (Nota: Los jóvenes de 16 y 17 años pueden preinscribirse, pero deben tener 18 años para votar).
- No haber sido privado de su derecho a voto por un tribunal.
Si ha sido condenado por un delito grave, que se le hayan restituido sus derechos. Para obtener más información sobre cómo restituir sus derechos, visite Sitio web de la División Electoral de Florida.
NO. Los no ciudadanos, incluidos los residentes legales permanentes, no pueden votar en las elecciones federales, estatales y la mayoría de las locales.
- Puede registrarse para votar o actualizar su registro directamente en este sitio web haciendo clic aquí.
- A través de cualquier oficina de recaudación de impuestos que emita licencias de conducir o tarjetas de identificación estatales de Florida.
- Cuando renueva su licencia de conducir o tarjeta de identificación a través del sistema de renovación del Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida.
- A través de cualquier agencia de registro de votantes designada, como su biblioteca local.
¡Verificar su estado de registro de votante es fácil! Puede hacerlo directamente en este sitio web haciendo clic aquí.
¡Actualizar su registro de votante es fácil! Puedes hacerlo directamente en este sitio web haciendo clic aquí.
La fecha límite para registrarse para votar es 29 días antes de las próximas elecciones.
NO. La fecha límite para registrarse para votar es 29 días antes de las próximas elecciones.
Aunque no votar no lo elimina automáticamente de las listas electorales, los votantes pueden ser eliminados después de un período de inactividad. Verifique y actualice su estado actual de registro de votante haciendo clic aquí.
Si es condenado por un delito grave, el derecho al voto en Florida solo puede restaurarse mediante clemencia, de conformidad con la sección 8, Art. V de la Constitución de Florida. Para obtener más información sobre cómo restaurar su derecho al voto, visite Sitio web de la División Electoral de Florida.
Vota Por Correo
Votar por correo se refiere a votar emitiendo una papeleta que usted solicitó con anticipación y recibió por correo, en lugar de ir a las urnas para votar en persona.
Pasos para votar por correo
- Inscríbete para votar por correo. Puedes hacerlo haciendo clic en AQUÍ!
- Recibirá su boleta junto con un paquete de votante en su dirección aproximadamente un mes antes de la elección.
- Una vez que lo reciba, complete su boleta de acuerdo con las instrucciones del paquete del votante.
- ¡Firma tu boleta y devuélvela por correo!
Rastrea tu boleta ¡Y asegúrate de que tu voz sea escuchada!
Votar por correo es una forma segura y cómoda de emitir su voto desde la comodidad de su hogar sin tener que acudir personalmente a las urnas. Es una excelente opción para personas con discapacidad, dificultades de movilidad y transporte, o con agendas apretadas e impredecibles.
Si está registrado como votante en Florida, tiene derecho a votar por correo. No necesita dar ninguna explicación para votar por correo.
¡Solicitar su boleta de voto por correo es rápido y fácil! Puede hacerlo directamente en nuestro sitio web haciendo clic aquí.
La fecha límite para solicitar una boleta de voto por correo es antes de las 5 p. m. del día 12 ANTES de la elección.
¡Asegúrate de solicitar tu boleta de voto por correo lo antes posible! ¡No esperes a la fecha límite!
Si su boleta de voto por correo se daña o se pierde, puede solicitar otra boleta comunicándose con la oficina de su Supervisor de Elecciones. Haga clic aquí para encontrar la información de contacto de su Supervisor de Elecciones.
Puede devolver su boleta de votación por correo completa de las siguientes maneras seguras y convenientes:
- Envíela por correo a la Oficina del Supervisor Electoral. Asegúrese de que la Oficina del Supervisor Electoral reciba su boleta antes de las 7 p. m. del día de las elecciones.
- Las instrucciones para devolver su boleta de voto por correo se incluirán en su paquete de votante.
- Devolviéndolo en persona depositándolo en un buzón seguro en un lugar designado.
- Una boleta de votación por correo no se puede devolver en línea, por correo electrónico o por fax.
Todas las papeletas de votación por correo DEBEN ser recibidas por la oficina del Supervisor de Elecciones antes de las 7 p. m. del día de la elección.
Si devuelve la boleta de voto por correo, le recomendamos que la envíe al menos 10 días antes de las elecciones. Si la devuelve en persona, debe entregarla en un buzón seguro designado antes de las 7 p. m. del día de las elecciones.
¡Sí! Le recomendamos que haga un seguimiento de su voto para asegurarse de que se cuente. Puede realizar el seguimiento de su votación haciendo clic aquí.
Sí, puede votar en persona durante la Votación Anticipada o el Día de las Elecciones si solicitó y recibió una boleta de Voto por Correo. Asegúrese de traer su boleta de Voto por Correo y entréguela antes de votar en persona.
Todas las solicitudes de boleta de voto por correo vencen al final de cada ciclo electoral (el 31 de diciembre, después de las elecciones presidenciales y de mitad de período). Debe renovar su solicitud de boleta de voto por correo para cada ciclo electoral.
Votación en persona
Si es un votante registrado de Florida, tiene derecho a votar en persona durante la votación anticipada o el día de la elección.
Para encontrar el centro de votación anticipada más cercano y sus horarios, visite el sitio web Sitio web de la División Electoral de Florida.
La información sobre el distrito y el lugar de votación se encuentra en su tarjeta de información para votantes. Para encontrar su distrito o lugar de votación en línea, o para obtener la información más actualizada sobre los cambios en el lugar de votación, visite su Sitio web del Supervisor de Elecciones o comuníquese con la oficina.
En su centro de votación, le pedirán una identificación con foto válida y firmada. Se aceptará cualquiera de las siguientes identificaciones con foto:
- Licencia de conducir otorgada por el estado de Florida o Tarjeta de Identificación otorgada por el estado de Florida
- Pasaporte de los Estados Unidos de América
- Tarjetas de Débito o Crédito con fotografía incluida
- Identificación Militar
- Identificación estudiantil mientras tiene una foto que pertenece al votante
- Tarjeta de Centro de Retiro
- Identificación de Asociación de vecinos
- Identificación de Asistencia Pública
- Tarjeta de Identificación de Salud para Veteranos emitida por el Departamento de Asuntos de Veteranos
- Licencia para portar un arma de fuego oculta emitida de conformidad con s. 790.06 Tarjeta de Identificación de empleado gubernamental
Si su identificación con fotografía no incluye su firma, se le pedirá que proporcione otra identificación que tenga su firma.
No, Florida no ofrece registro de votantes el mismo día durante la votación anticipada, así que asegúrese de enviar su registro de votante antes de la fecha límite.
*La fecha límite para registrarse para votar es 29 días antes de la elección.
Los centros de votación estarán abiertos de 7:00 a 19:00 el día de las elecciones. Cualquier votante que esté en la fila a las 19:00 aún podrá votar.
La ubicación y el horario de los centros de votación anticipada varían según el condado. Para obtener más información sobre dónde y cuándo puede votar anticipadamente, visite Sitio web de la División Electoral de Florida.
Sí, puede votar en persona durante la Votación Anticipada o el Día de las Elecciones si solicitó y recibió una boleta de Voto por Correo. Asegúrese de traer su boleta de Voto por Correo y entréguela antes de votar en persona.